202104.01
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Libertad de expresión en Redes Sociales: límites y consecuencias.

En este artículo vamos a conversar un poco acerca de la libertad de expresión en Redes Sociales: límites y consecuencias.

La libertad de expresión es un derecho reconocido internacionalmente en virtud del artículo 19 de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (JFHD) y se reconoce en el derecho internacional de los derechos humanos en el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (PIDCP) y por lo general en todas las legislaciones propias de cada país, desde mucho antes que existiesen las plataformas digitales de medios y redes sociales. Se puede definir como el derecho a expresar o difundir libremente las ideas, opiniones o pensamientos.

Sin embargo, aunque se trate de un derecho humano fundamental, como todos los demás, no es absoluto y tiene limites legales, generalmente se los encuentra cuando su ejercicio constituye un riesgo de intromisión en el derecho al honor en la intimidad personal, familiar o en la propia imagen de otro.

Hoy día en el campo de las redes sociales y medios digitales, la intromisión puede ir desde la divulgación de información que afecte la privacidad, la dignidad o el honor de una persona, la reputación de una empresa, entre otros.

Para definir ese límite, es necesario contextualizarlo de manera objetiva, lo cual es difícil, porque todas las personas pueden tener una opinión distinta y subjetiva sobre determinado asunto, y en redes sociales, todos quieren expresar, hacer valer y defender su opinión. 

Es posible entonces, que una persona o empresa pretendan emprender acciones judiciales civiles o penales de acción privada, para defender sus derechos al honor y a la reputación frente a intromisiones ilegitimas de terceros, al amparo de la ley.

Sin embargo, con la aparición y masificación de las redes sociales, surgieron normas que van más allá, en la regulación de los excesos en el ejercicio de la libertad de expresión, estableciendo de manera autónoma, independiente y de acción pública, sin que los afectados ejerzan alguna acción para defenderse, la posible persecución penal de los sujetos que incurran en conductas lesivas de derechos universalmente protegidos o que conviertan sus expresiones en instrumentos de violencia, acoso u odio en las redes sociales.

Cada vez son más frecuentes los asuntos que se someten al conocimiento de las autoridades judiciales por publicación de comentarios lesivos en el mundo digital, es por ello que aunque las redes sociales fueron en principio apreciadas como “paraísos” para la libertad de expresión, hoy día constituyen uno de los entornos más vigilados, debido a su alcance masivo, en comparación con otros medios de expresión, no sólo limitados por las normas comunitarias impuestas por las empresas que las desarrollan como contratos de adhesión para sus usuarios, sino también por el desarrollo de nuevas legislaciones internacionales y locales en cada país. 

En la competencia por acaparar la atención del público, muchos creadores de contenido para las redes sociales desarrollan contenidos de opinión, incursionan en el arte de la comedia o el entretenimiento en general; pero deben siempre ser cuidadosos y analizar hasta qué punto algunas de sus expresiones pueden ser interpretadas o no como chiste o bromas, haciendo un ejercicio de anticipación a la reacción pública.

También hay que considerar que un mal chiste o un comentario inoportuno, puede no traer consecuencias legales inmediatas; pero la reacción por parte del público en redes sociales puede desatar situaciones graves de confrontación, violencia u odio, tanto entre miembros de la comunidad como en contra de sus propios autores, de manera que es mejor anticiparse a las reacciones y expresarse con prudencia y respeto.

En conclusión, antes de publicar contenidos en las Redes Sociales y medios digitales, debemos evitar caer en el terreno del desprestigio, el insulto, la lesión y la vejación ajenos; pero manifestando libremente nuestras ideas y opiniones, con la necesaria prudencia y ser escrupulosos en el cumplimiento de nuestros derechos y deberes.

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